Ayudas directas y otras medidas de apoyo a la solvencia empresarial

15/03/2021.- El pasado sábado, 12 de marzo, se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, que incluye (entre otras medidas) ayudas directas para las empresas y autónomos afectados por la COVID-19.

Mediante esta norma, aprobada por el Consejo de Ministros del pasado viernes y publicada este sábado en el BOE, se aprueban un conjunto de medidas (ayudas directas y otras) para movilizar una inversión pública de hasta 11.000 millones de euros en torno a cuatro líneas de actuación:

a) Un fondo de líneas directas a empresas dotado con 7.000 millones de euros para empresas y autónomos que hayan perdido un mínimo del 30% de los ingresos en 2020 (volumen de operaciones declarado o comprobado por la Administración en el IVA -o tributo equivalente- el año 2020 respecto del 2019), la actividad de las que se encuentre dentro de uno de los CNAE que se encuentran en el Anexo que acompaña al RDL (entre otros, se encuentran la hostelería , restauración, transporte, comercio, agencias de viajes y gimnasios). Las ayudas tendrán carácter finalista y se podrán usar para pagar deuda y realizar pago a proveedores y otros acreedores, siempre que las deudas se hayan devengado después del 1/03/2020.Del 7.000 millones, 2.000 se distribuirán entre las CCAA de Baleares y Canarias; los restantes 5.000 millones corresponderán al resto de CCAA, y a las ciudades de Ceuta y Melilla. Las ayudas directas se canalizarán a través de las Comunidades Autónomas. La información con respecto al volumen de facturación se facilitará por la Administración tributaria correspondiente a petición de las CCAA.

b) Una línea de 3.000 millones de euros para la reestructuración de la deuda financiera COVID. Se trata de medidas para alargar los créditos con garantías ICO, convertir la deuda en crédito participativo y para las empresas más necesitadas, ayudas directas para pagar los créditos.

c) Una tercera línea de 1.000 millones de euros -gestionada por COFIDES, S.A. – a través de la cual se darán ayudas en forma de deuda, de capital o mediante una combinación de ambas. Por lo tanto, el Estado podrá participar en el capital de aquellas empresas que sean beneficiarias.

d) Se prorrogan hasta final de año (12/31/2021) la moratoria para la activación de procesos concursales. En particular, hasta el 31/12/2021 el deudor que se encuentre en situación de insolvencia no tendrá la obligación de solicitar la declaración de concurso. Por otra parte, hasta la fecha, los jueces no admitirán las solicitudes de concurso necesario que hayan sido presentadas por los acreedores.

Adicionalmente a las ayudas directas y demás medidas arriba expuestas, también hay que añadir que la Disp. Adicional 3ª prevé la posibilidad de aplazar las deudas tributarias a ingresar el próximo mes de abril. El aplazamiento -que podrán pedir las empresas con una facturación en 2020 inferior a 6.010.121,04 euros- será de seis (6) meses, de los cuales los cuatro (4) primeros sin intereses.

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