Nuevo recibo de nómina
El pasado 12 de noviembre entró en vigor la Orden ESS/2098/2014 (publicada en el BOE el día anterior), por el cual se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprobó el modelo de recibo individual de salario, estableciéndose, de este modo, un nuevo modelo del recibo de salario de los trabajadores.
Hasta ahora el recibo de la nómina contenía la base de cotización y el tipo de retención correspondiente a la aportación del trabajador, pero no se incluía el detalle de la aportación del empresario a la Seguridad Social.
Estas cotizaciones del trabajador se calculan sobre la base de cotización y son las de contingencias comunes (4,70 %), horas extraordinarias (2-4,70 %), desempleo (1,55-1,60 %) y formación profesional (0,10 %).
La nueva Orden establece que, a partir de ahora, deberá añadirse la información correspondiente a las aportaciones que realiza la empresa a la Seguridad Social para cada trabajador, de modo que los trabajadores verán reflejados en sus recibos de nómina los conceptos siguientes, que son importes calculados en función de su base de cotización y aplicando los porcentajes que indicamos:
•Aportación de la empresa por contingencias comunes: 23,6 %
•Aportación de la empresa por contingencias profesionales: El porcentaje varía en función de la actividad del trabajador.
•Aportación de la empresa por formación profesional: 0,6 %
•Aportación de la empresa al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): 0,2 %
•Horas extraordinarias: varía en función del tipo de hora extra: 12,00 % (Fuerza mayor) ó 23,60% (resto)
•Aportación por desempleo: Varía en función del tipo de contrato: del 5,5% al 7,7%
En su conjunto, la aportación de la empresa puede situarse entre el 30-35 % de la base de cotización.
Las empresas tienen 6 meses para adaptarse al nuevo modelo de recibo, esto es, hasta el próximo 12 de mayo de 2015.
El siguiente enlace da acceso al texto íntegro de la norma publicada el pasado día 12 de noviembre, que incluye un modelo del nuevo recibo de nómina: B.O.E.